Registro/Reconocimiento de OEC
El objetivo de este sitio es dar a conocer el mecanismo que aplica el ONA para el registro de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC´s), como ser: Laboratorios de Ensayo (LE), Laboratorios de Calibración (LC), Organismos de Certificación de Productos (OCP), Organismos de Certificación de Personas (OCPER), Organismos de Certificación de Sistemas (OCS), Organismos de Inspección (OI), Proveedores de Ensayos de Aptitud (PEA), afectados por el Decreto Nº 3900/2010 :“Por el cual se reglamentan los artículos 15 y 16 de la Ley 2279/03 “Que modifica los Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 15, 16, 19, 20, 21 y 22 y amplia la Ley Nº 1028/97 “General de Ciencias y Tecnología”, con capacidad para prestar servicios al estado.
Todos los OEC´s que estén habilitados para prestar servicio a las Entidades del Estado Paraguayo o se encuentren operando a la entrada en vigencia del Decreto mencionado, deberán registrarse en el ONA.
Decreto Nº 3900: Por el cual se reglamentan los articulos 15 y 16 de la ley 2279